De acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Nro. 19.172 y el artículo 64 del Decreto Nro. 120/14; el plazo para registrar los plantios existentes, en la sección Cultivo Doméstico de Cannabis Psicoativo vencerá el próximo 23/02/2015.
De acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Nro. 19.172 y el artículo 64 del Decreto Nro. 120/14; el plazo para registrar los plantios existentes, en la sección Cultivo Doméstico de Cannabis Psicoativo vencerá el próximo 23/02/2015.