RECURSOS DE INFORMACIÓN

CONTROLES DE THC

CONTROLES DE THC

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN EL TRÁNSITO

Todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos en zonas urbanas, suburbanas o rurales del territorio nacional, cuando la concentración de tetrahidrocannabinol (THC) en el organismo sea superior a la permitida.
– Artículo 15 de la Ley 19.172
– Artículo 41 del Decreto 120/2014

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL

De acuerdo al artículo 4º del Decreto 128/016 de 2 de mayo de 2016, para la detección de consumo de alcohol, cannabis y otras drogas en lugares y ocasión del trabajo, deberá actuarse conforme lo establezca el protocolo que en la empresa se haya acordado, en forma bipartita, en los ámbitos de seguridad y salud. En caso de que no se haya podido alcanzar un acuerdo para elaborar un protocolo de actuación o cuando no se haya constituido el ámbito bipartito previsto en el Decreto 291/007 de 13 de agosto de 2007, la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social del MTSS fiscalizará que el procedimiento aplicado se ajuste a los criterios establecidos en el Decreto 128/016, los que constituyen disposiciones de carácter general (artículo 5º).
– Decreto N°128/016
Contiene las disposiciones de carácter general para proceder ante las situaciones de consumo de alcohol y otras drogas en el ámbito laboral.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN EL TRÁNSITO

Por consultas sobre dispositivos de detección de THC en saliva con registro vigente ante el Ministerio de Salud Pública enviar e-mail a:  registro.tecnologia@msp.gub.uy