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Comunicado -Registro de Clubes de Membresía-

El IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) pone en funcionamiento, a partir del 30/10/2014, el primer Registro de Clubes de Membresía, que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 5 literal F) de la Ley N° 19172 de 20/12/13.

Todos aquellos Clubes que hayan finalizado el trámite correspondiente ante el Ministerio de Educación y Cultura y la Dirección General de Registros, deberán solicitar día y hora en la oficina Soporte- Red del Correo Nacional al tel 29160200 int 500, para iniciar el trámite de registración. El correo determinará la sucursal que realizará el inicio del trámite.

Estarán autorizados para iniciar el trámite de registro los miembros titulares de la Comisión Directiva del Club, debiendo identificarse al momento del registro.

El funcionario del correo digitalizará toda la información del club y de sus socios fundadores, en base a un formulario diseñado por el IRCCA donde se solicitará:

• Datos individualizantes del Club, dirección, datos de contacto, etc.
• Datos básicos del cultivo.
• Datos individualizantes del responsable técnico.
• Horarios de funcionamiento.

Las autoridades del club deberán exhibir el acta fundacional del Club, con la información de los miembros fundadores, el funcionario del correo registrará en el sistema estos datos y las responsabilidades que el socio asuma de acuerdo al acta.

Esta información será considerada dato sensible, por lo que una vez ingresada solo será accesible al IRCCA.

En el momento del registro el Club deberá entregar la siguiente documentación que será enviada por sobre cerrado al IRCCA para su control.

El club deberá presentar:

• Testimonio notarial de estatutos debidamente aprobados y autorizados por el Poder Ejecutivo – Ministerio de Educación y Cultura.
• Copia fiel del acta donde figuran todos los datos individualizantes de los miembros fundadores del Club. Solicitamos se adjunte la fecha de nacimiento de cada miembro fundador.
• Constancia de domicilio o factura de servicio público a nombre de la Asociación Civil.
• Documentación acreditante de la calidad de propietario, arrendatario, poseedor o de cualquier otro título en virtud del cual la Asociación Civil se encuentre autorizada a ocupar como su sede el inmueble donde se realizará el cultivo.
• Un plan de cultivo que desarrolle los aspectos técnicos y de seguridad del desarrollo de la plantación. (en la web estará disponible una guía para la confección del plan).
• Un plan de distribución de cannabis entre los miembros del Club.

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