El IRCCA es una persona jurídica de derecho público no estatal.
Estructura Salarial aprobada por la Junta Directiva del IRCCA el 12 de noviembre de 2024.
Resolución de la Junta Directiva del IRCCA Nº 49/2024
CATEGORÍA | NOMBRE/CATEGORÍA | MÍNIMO | PUNTO MEDIO 1 | PUNTO MEDIO (MEDIANA) | PUNTO MEDIO 2 | MÁXIMO |
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1 | Asistente/Auxilar | 46,316 | 52,106 | 57,895 | 63,685 | 69,474 |
2 | Analista/Fiscalizador | 69,474 | 78,158 | 86,843 | 95,527 | 104,211 |
3 | Técnico | 78,158 | 96,494 | 114,829 | 133,165 | 151,500 |
4 | Encargado/Responsable de Área (sin equipo a cargo) | 113,723 | 127,938 | 142,153 | 156,369 | 170,584 |
5 | Responsable de Área | 153,446 | 168,790 | 184,135 | 199,480 | 214,824 |
Los valores indicados se refieren al sueldo nominal fijo mensual en pesos uruguayos para una carga horaria de 40 horas semanales. Estos montos no incluyen
prima por presentismo, prima por antiguedad ni viáticos.
Referencias:
El punto mínimo representa el sueldo nominal base de cada categoría.
El punto medio representa el sueldo nominal central de cada categoría.
El punto máximo representa el sueldo nominal más alto de cada categoría.
El punto medio 1 es el sueldo nominal central ubicado entre el punto mínimo y el punto medio de cada categoría.
El punto medio 2 es el sueldo nominal central ubicado entre el punto medio y el punto máximo de cada categoría.
La Junta Directiva del IRCCA se compone de diez integrantes – cinco titulares y cinco suplentes – nombrados por el Presidente de la República con miembros de la Secretaria Nacional de Drogas, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Industria, Energía y Minería y Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. La presidencia de la Junta Directiva está ejercida por el miembro titular de la Secretaria Nacional de Drogas.
La Dirección Ejecutiva está ejercida por el Director Ejecutivo designado por la mayoría de la Junta Directiva, con el voto conforme del Presidente del IRCCA. El Director Ejecutivo asiste a las sesiones de la Junta Directiva con voz y sin voto y tiene las atribuciones enumeradas en el artículo 30 de la Ley N° 19.172, así como toda otra que la Junta Directiva le encomiende o le delegue.