Se enmarca dentro del “Procedimiento de Evaluación de Proyectos de Cannabis”, aprobado por la Junta Directiva de IRCCA de conformidad con el Art. 1° y 2° del Decreto 46/015 el cual establece que el IRCCA autorizará las actividades de plantación, cultivo cosecha acopio y comercialización de Cannabis (psicoactivo y no psicoactivo) para ser destinado en forma exclusiva a la investigación científica o elaboración de especialidades Vegetales o especialidades farmacéuticas para uso medicinal.
- Instructivo para Solicitud y Registro de Licencias para Investigación Científica y Producción de Cannabis
- Formulario para la presentación de la Declaración Jurada
El instructivo tiene por objeto exclusivamente la definición de los requisitos para la obtención de las licencias de conformidad con el Art 1 y 2 del Decreto 46/01 y no implica una autorización para la comercialización de dichos productos. Para lo que deberá según el caso solicitar los registros y autorizaciones correspondientes a las Autoridades competentes.