El registro de Adquirentes de Cannabis comenzó el 2 de mayo de 2017 y están en condiciones de registrarse todas aquellas personas capaces y mayores de 18 años, con ciudadanía uruguaya legal o natural o con residencia permanente debidamente acreditada.
Documentos que se deben presentar en un local habilitado del Correo Uruguayo para solicitar el registro:
El Adquirente sólo deberá exhibir la documentación para acreditar que cumple con las condiciones que la normativa establece, los datos del domicilio no quedarán registrados en ningún momento del trámite.
Además, se registrarán las huellas dactilares, imprescindibles para identificar a los Adquirentes y, principalmente, para garantizar el anonimato durante el proceso de dispensación en las farmacias. Para efectuar el trámite exitosamente se requerirá del registro de, al menos, cuatro (4) huellas.
Al momento de adquirir el cannabis, el responsable de la farmacia no pedirá ninguna constancia de inscripción y, sólo con la huella dactilar, dispondrá de la información necesaria para la dispensación (si la persona que posee esa huella está registrada como Adquirente, si le corresponde retirar y qué cantidad).
Antes de concluir el Registro, el Funcionario del Correo solicitará al Interesado que responda algunas preguntas de tipo socio-demográfico. Esta información está disociada de sus datos de identidad y se solicita solamente con fines estadísticos.
Excepción: Existe un porcentaje mínimo de personas interesadas que no lograron registrarse y/o no lograron adquirir cannabis en farmacias por problemas vinculados a las huellas dactilares. Luego de una revisión exhaustiva de soluciones tecnológicas y procedimientos alternativos realizada por un equipo interinstitucional de especialistas, se ha definido instrumentar una solución para todos aquellas personas que por las razones antedichas no han podido ingresar al registro de adquirentes (o lo hicieron de una manera que no les permite hacer efectiva su voluntad de adquirir cannabis en la red de farmacias adheridas).
El procedimiento que se detalla a continuación, permitirá que el 100% de los interesados que cumplan con las condiciones establecidas por la normativa puedan ingresar al registro y presentarse posteriormente en un punto de dispensación:
Consideraciones: El TDC habilita solamente la compra de 10g por semana y 40g por mes. Tiene una validez de 30 días a partir de la primera compra y dentro de ese plazo podrá solicitar nuevas emisiones y en cada oportunidad el código de barras se renueva pero mantiene el plazo de validez
IMPORTANTE: la información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta Sección tendrá carácter de dato sensible, quedando prohibido su tratamiento salvo con consentimiento expreso y escrito del titular (Artículo 4° – Decreto 250/015). La administración de esta información cuenta con las máximas medidas de seguridad informática disponibles, lo que garantiza el anonimato en el presente y en el futuro de las personas registradas en esta sección.
La inscripción se realizará sin costo para los Adquirentes.
Habiendo iniciado el 19 de julio de 2017 la dispensación de cannabis psicoactivo de uso adulto, se publica la lista de farmacias adheridas:
Ubicación de las Farmacias adheridas
Localización de las Farmacias adheridas que fueron habilitadas para la dispensación de cannabis de uso adulto:
Se podrán adherir al sistema de dispensación de cannabis psicoactivo de uso adulto las Farmacias de primera categoría y comunitarias, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.172 y Decreto 120/014.
El llamado se realiza conforme a las Condiciones Básicas acordadas con las Asociaciones de Farmacias CFU, AFI y CUFA.
Para obtener la licencia para expender cannabis en el IRCCA, los establecimientos de farmacia de primera categoría y comunitarias deberán acreditar:
Los Adquirentes registrados deberán concurrir a las Farmacias que se encuentren adheridas al sistema de dispensación y solicitar cannabis. No será necesario mencionar el nombre ni presentar la cédula de identidad.
El Farmacéutico solicitará al Adquirente que presente un dedo en el lector de huellas dactilares. En caso de que eventualmente exista dificultad para el reconocimiento de la huella dactilar, el farmacéutico indicará que presente otro dedo en el lector de huellas.
Usando la huella dactilar, el sistema informático del IRCCA realizará los controles internos necesarios e informará por pantalla al farmacéutico si la dispensación está o no autorizada y la cantidad máxima de gramos permitida. No mostrará datos personales del Adquirente.
Si el sistema del IRCCA autoriza la dispensación, el Adquirente indica la cantidad de gramos que quiere retirar (5 o 10 gramos) y el Farmacéutico efectiviza el expendio.
El adquirente abona al farmacéutico el monto correspondiente a la cantidad que retira.
Excepción: Si el Adquirente se registró en el Correo Uruguayo por el proceso alternativo, deberá presentar el ticket de dispensación de cannabis (TDC) en lugar de las huellas dactilares.
IMPORTANTE: El software del IRCCA controlará que la cantidad de cannabis esté limitada a los gramos autorizados por la normativa vigente. El control de los días es móvil e individual para cada Adquirente a partir de la primera transacción de dispensación que realice. Para realizar una dispensación el sistema controlará previamente que en los últimos 7 días no se haya adquirido el tope semanal de 10g, que en los últimos 30 días no se haya adquirido el tope mensual de los 40g y que en los últimos 365 días no se ha adquirido el tope anual de los 480g.
VARIEDAD | % THC | % CBD | EFECTO PSICOACTIVO |
ALFA | ≤ 9 | ≥ 3 | Medio/Bajo |
BETA | ≤ 9 | ≥ 3 | Medio/Bajo |
GAMMA | ≤ 15 | ≤ 1 | Alto |
Las flores de cannabis provienen de cultivos desarrollados por empresas privadas autorizadas a tal fin, esto es, con habilitación sanitaria ante el MSP y con licencia del Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA). Esto le confiere garantías al proceso productivo, sobre la trazabilidad y sobre la seguridad del producto a ser dispensado. A su vez, estos productos se encuentran registrados ante el Ministerio de Salud Pública (MSP).
El cultivo es realizado en un predio fiscal administrado por el IRCCA ubicado en el departamento de San José, al suroeste del Uruguay. La seguridad del predio y sus instalaciones está provista por la Guardia Republicana del Ministerio del Interior y empresas de seguridad privadas.
Las personas inscriptas como Adquirentes podrán solicitar ser dados de baja del registro en cualquier momento y para ello, deben concurrir a una sucursal habilitada del correo uruguayo, presentar la cédula de identidad y solicitar la baja del registro de Adquirentes en Farmacia.
Una vez realizada la gestión pueden solicitar su inscripción en otra sección del Registro del Cannabis (cultivo doméstico o clubes de membresía).
Asimismo, las personas que ya figuran en alguna de las otras secciones del registro, podrán solicitar la baja y registrarse como Adquirentes, cumpliendo con las formalidades y los plazos establecidos por la normativa vigente (Art. 60, Decreto 120/014).
El IRCCA, por motivos fundados, podrá autorizar o denegar dicha solicitud.
IMPORTANTE: Las secciones son excluyentes, ya que se encuentra prohibida la obtención de cannabis psicoactivo de uso adulto por más de una vía de acceso.
IMPORTANTE: Las secciones son excluyentes, ya que se encuentra prohibida la obtención de cannabis psicoactivo de uso adulto por más de una vía de acceso.