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Puesta en Funcionamiento del Registro -Sección Cultivo Doméstico de Cannabis Psicoactivo-

Por intermedio del presente, y conforme a lo dispuesto por la Ley 19.172, el Instituto de Regulación y Control del Cannabis comunica que se encontrará operativa la sección Cultivo Doméstico de Cannabis psicoactivo a partir del Miércoles 27 de Agosto de 2014.

Para inscribirse, es necesario presentarse en las oficinas habilitadas de el Correo Uruguayo, con la siguiente documentación:

-Cédula de identidad uruguaya, original y copia.
-Constancia de domicilio o factura de servicio público (UTE, OSE o ANTEL) a nombre del interesado. Con respecto a la factura de ANTEL, la misma debe ser de telefonía fija o Anteldata, no aceptándose factura de celular.

El IRCCA tiene 30 días para autorizar el desarrollo de la actividad solicitada en caso de corresponder la autorización.

La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta Sección tendrá carácter de dato sensible quedando prohibido su tratamiento, salvo con consentimiento expreso y escrito del titular, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 18.331.

Por más información sobre dicho registro, se puede consultar la Sección “Cultivo Doméstico” de esta la página.

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